lunes, 22 de marzo de 2010
viernes, 19 de marzo de 2010
Agredir a un Jefe no es delito... por algo será
Nada menos que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Declaran improcedente el despido de un trabajador por agredir a su jefe
GRANADA, 16 Mar. (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social 4 de Granada que declaró improcedente el despido de un trabajador de una inmobiliaria granadina que al intuir que lo iban a cesar insultó, agredió y empujó a su jefe, al que incluso llegó a amenazar lanzando patadas de kárate al aire.
En el fallo, al que tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Social del Alto Tribunal Andaluz considera que la conducta del empleado, que era director general de negocio en la empresa, "no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido", porque de hecho "hay que conectar las expresiones que utilizó con la situación y contexto en los que se encontraba en ese momento".
Fue el pasado 3 de julio de 2007, alrededor de las 11,00 horas, cuando el trabajador, "intuyendo el contenido del documento" que entonces le iba a ser entregado, que era efectivamente una carta de despido en la que se alegaba su disminución del rendimiento, mantuvo un enfrentamiento con su jefe "elevando la voz" y "visiblemente alterado", empujándole y encarándose con él dirigiéndole palabras como "cobarde", "sinvergüenza".
Asimismo, "enfrentaron ambos las frentes", y, en un momento dado, su superior, al retroceder y tropezar, cayó sobre un cristal sin resultar lesionado y, mientras que los presentes trataban de evitar la agresión, el empleado "lanzaba al aire patadas de kárate" que no llegaron sin embargo a lesionar a nadie. Así, la empresa remitió por burofax al empleado la carta de despido, en la que rompió la relación laboral por una falta laboral muy grave, teniendo en cuenta además que entonces el despedido ostentaba un cargo de confianza.
El TSJA señala sin embargo que, "sin perjuicio de que el comportamiento del trabajador pudiera resultar acreedor de una sanción, que en su caso pueda imponerle el empresario, es lo cierto que no es adecuada la imposición de la sanción de despido, que es la más grave que existe en el ámbito laboral", inciden los magistrados en su sentencia, que hoy avanza el diario 'Expansión'.
Así, la Sala de lo Social, ante la que se dirigieron las dos partes, confirma la sentencia recurrida con esta nueva resolución, contra la que cabe recurso de casación.
Una sentencia declara improcedente la expulsión laboral por este motivo
La agresión a un jefe no es motivo de despido. Al menos así lo entiende el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó ayer una sentencia del Tribunal de lo Social de Granada, que declaró improcedente el despido a un trabajador que, al intuir que iba a ser despedido, insultó y agredió a su jefe.
En la sentencia, la Sala de lo Social del alto tribunal andaluz considera que la actitud del empleado, directivo de una empresa inmobiliaria con sede en Granada, "no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido". El tribunal entiende que hay que "conectar las expresiones que utilizó" el trabajador para referirse a su superior con "la situación y contexto" en el que el empleado se encontraba.
Los hechos se remontan a julio de 2007, cuando al trabajador le fue entregada la carta de despido, en la que la empresa justificaba la decisión en su "continua y voluntaria disminución" del rendimiento en el desempeño de su cargo, lo que consideraba una infracción laboral muy grave susceptible de ser sancionada con el despido. En el acto de entrega de la carta, el trabajador, al intuir su contenido, "visiblemente alterado y alterando la voz" amenazó e insultó al jefe, al que llamó "cobarde" y "sinvergüenza", chocó su rostro con el de su superior, empujó a éste hasta que perdió el equilibrio y cayó al suelo y lanzó patadas de kárate al aire. En una segunda carta remitida al trabajador al día siguiente, la empresa reforzó su decisión de despedirle dada la actitud del empleado.
Sobre los motivos alegados por la empresa, el tribunal considera que aunque el hecho de que el trabajador intuyera que iba a ser despedido no justifica su comportamiento, "sí por lo menos atenúa su gravedad". Agrega que "sin perjuicio de que el comportamiento del trabajador pudiera resultar acreedor de una sanción no es adecuada a tal comportamiento la imposición de la sanción de despido, que es la más grave que existe en el ámbito laboral". Cabe recurso de casación contra el fallo.
Declaran improcedente el despido de un trabajador por agredir a su jefe
GRANADA, 16 Mar. (EUROPA PRESS)El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social 4 de Granada que declaró improcedente el despido de un trabajador de una inmobiliaria granadina que al intuir que lo iban a cesar insultó, agredió y empujó a su jefe, al que incluso llegó a amenazar lanzando patadas de kárate al aire.
En el fallo, al que tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Social del Alto Tribunal Andaluz considera que la conducta del empleado, que era director general de negocio en la empresa, "no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido", porque de hecho "hay que conectar las expresiones que utilizó con la situación y contexto en los que se encontraba en ese momento".
Fue el pasado 3 de julio de 2007, alrededor de las 11,00 horas, cuando el trabajador, "intuyendo el contenido del documento" que entonces le iba a ser entregado, que era efectivamente una carta de despido en la que se alegaba su disminución del rendimiento, mantuvo un enfrentamiento con su jefe "elevando la voz" y "visiblemente alterado", empujándole y encarándose con él dirigiéndole palabras como "cobarde", "sinvergüenza".
Asimismo, "enfrentaron ambos las frentes", y, en un momento dado, su superior, al retroceder y tropezar, cayó sobre un cristal sin resultar lesionado y, mientras que los presentes trataban de evitar la agresión, el empleado "lanzaba al aire patadas de kárate" que no llegaron sin embargo a lesionar a nadie. Así, la empresa remitió por burofax al empleado la carta de despido, en la que rompió la relación laboral por una falta laboral muy grave, teniendo en cuenta además que entonces el despedido ostentaba un cargo de confianza.
El TSJA señala sin embargo que, "sin perjuicio de que el comportamiento del trabajador pudiera resultar acreedor de una sanción, que en su caso pueda imponerle el empresario, es lo cierto que no es adecuada la imposición de la sanción de despido, que es la más grave que existe en el ámbito laboral", inciden los magistrados en su sentencia, que hoy avanza el diario 'Expansión'.
Así, la Sala de lo Social, ante la que se dirigieron las dos partes, confirma la sentencia recurrida con esta nueva resolución, contra la que cabe recurso de casación.
Una sentencia declara improcedente la expulsión laboral por este motivo
La agresión a un jefe no es motivo de despido. Al menos así lo entiende el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó ayer una sentencia del Tribunal de lo Social de Granada, que declaró improcedente el despido a un trabajador que, al intuir que iba a ser despedido, insultó y agredió a su jefe.
En la sentencia, la Sala de lo Social del alto tribunal andaluz considera que la actitud del empleado, directivo de una empresa inmobiliaria con sede en Granada, "no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido". El tribunal entiende que hay que "conectar las expresiones que utilizó" el trabajador para referirse a su superior con "la situación y contexto" en el que el empleado se encontraba.
Los hechos se remontan a julio de 2007, cuando al trabajador le fue entregada la carta de despido, en la que la empresa justificaba la decisión en su "continua y voluntaria disminución" del rendimiento en el desempeño de su cargo, lo que consideraba una infracción laboral muy grave susceptible de ser sancionada con el despido. En el acto de entrega de la carta, el trabajador, al intuir su contenido, "visiblemente alterado y alterando la voz" amenazó e insultó al jefe, al que llamó "cobarde" y "sinvergüenza", chocó su rostro con el de su superior, empujó a éste hasta que perdió el equilibrio y cayó al suelo y lanzó patadas de kárate al aire. En una segunda carta remitida al trabajador al día siguiente, la empresa reforzó su decisión de despedirle dada la actitud del empleado.
Sobre los motivos alegados por la empresa, el tribunal considera que aunque el hecho de que el trabajador intuyera que iba a ser despedido no justifica su comportamiento, "sí por lo menos atenúa su gravedad". Agrega que "sin perjuicio de que el comportamiento del trabajador pudiera resultar acreedor de una sanción no es adecuada a tal comportamiento la imposición de la sanción de despido, que es la más grave que existe en el ámbito laboral". Cabe recurso de casación contra el fallo.
sábado, 13 de marzo de 2010
Censura en la Intranet
El acceso al blog de UGT del Banco de Santander en Cantabria ha sido incluido en la lista de control de acceso y desde casi el mismo día de su puesta en funcionamiento, ha sido tal el éxito de consultas de los trabajadores que la dirección ha tomado la decisión de impedir el acceso a esta página desde los ordenadores del banco.
No obstante, esto no impedirá la libertad de expresión ya que los trabajadores podrán acceder a nuestra información desde cualquier otro punto de acceso libre, ya sea su domicilio, los cibercafés a la hora del desayuno o cualquier espacio wifi de libre acceso con sus ordenadores portátiles, pda o teléfonos móviles de nueva generación. Por suerte o por desgracia, esto no es china, aunque algunos tengan los ojos tan rasgados, ellos sabrán a qué esfuerzos vanos se debe...
jueves, 11 de marzo de 2010
UGT contra el Pensionazo
Más de 3.000 trabajadores en la Manifestación de UGT de Santander
Manifiesto de UGT en defensa de las pensiones públicas
La pregunta es: ¿alguien se cree que la pretensión es tenernos trabajando hasta los 67 años? ¿dónde, en el Banco Santander, que nos invita a marcharnos con 50?
¿Por qué entonces tanto el gobierno, como el presidente del Banco aplauden la ocurrencia?
Indudablemente, la intención es rebajar el coste de las pensiones, retrasando la edad media de jubilación, que ahora se encuentra en 63 años (a pesar de que la edad legal oficial en España son los 65 años) y, además, rebajar lo que cada uno recibamos del Estado, tanto por aumentar el cálculo de la vida laboral computable, como por el mayor efecto de los coeficientes reductores a aplicar por año anticipado desde los supuestos 67 años obligatorios (que pasarían de los 2 actuales a 4), si se aprueban las medidas anunciadas.
Esto, por otra parte, animaría a los sufridos cotizantes a suscribir planes de pensiones privados en Entidades Financieras o de Seguros. De ahí la alegría natural del presidente del primer banco del país...
No vamos a hablar aquí de la evolución de los Planes de Pensiones Privados y de los emolumentos mensuales que reportan a sus titulares, que cada cual se haga una simulación. La experiencia de paises como Chile, que basa su sistema público de pensiones en la "capitalización individual" habla por sí sola.
Lo que sí que hay que decir, alto y claro, es que el Sistema de Público de Pensiones de España no corre peligro, no está en quiebra y no es un mal sistema, sino todo lo contrario, el más solido y saneado de la Unión Europea, como lo demuestra el profesor Vicent Navarro incansablemente.
lunes, 8 de marzo de 2010
8 de Marzo, Día de la Mujer Trabajadora
MANIFIESTO 8 DE MARZO
Hoy es un día señalado, hoy es 8 de marzo, cientos de nosotras nos hemos manifestado durante años para conseguir que la mujer, siempre infravalorada en esta sociedad patriarcal, tenga un sitio en la sociedad.
En honor a todas esas mujeres que lucharon y siguen luchando en silencio y en honor a todas las que una vez se rebelaron, HOY CELEBRAMOS EL DIA DE LA MUJER TRABAJADORA.
No queremos que igualdad sea un término vacío de contenido, pero nos encontramos con una retórica por parte de muchos y una práctica por parte de pocos.
La igualdad ni se produce en nuestros salarios, ni se refleja en nuestros derechos, la igualdad desaparece cuando se trata del reconocimiento de todas nosotras como trabajadoras con los mismos derechos y deberes.
No queremos seguir sufriendo la violencia de género, no queremos sufrir la desigualdad, la discriminación, el acoso y tantas otras injusticias en nuestros lugares de trabajo.
Seguimos teniendo mayor temporalidad en nuestros contratos y mayor precariedad laboral. Nos encontramos con dificultades en el mercado laboral si tenemos menos de 25 años, si somos extranjeras, si somos madres o si tenemos una discapacidad.
Conciliar la vida familiar y la laboral no significa que nos reduzcan la jornada de trabajo para poder compaginarla con el trabajo doméstico, no se trata de que nos den algunas horas libres en el trabajo para que seamos nosotras las que carguemos con todo el peso del hogar, para eso necesitamos una educación en igualdad, solidaridad y justicia.
No queremos que se nos aplique ningún patrón de belleza, ni que se compre nuestro cuerpo.
Somos asalariadas, becarias, trabajadoras domésticas, cuidadoras y muchas más cosas, pero ante todo somos personas.
No queremos ser un número en la lista de mujeres bajo el manto de la violencia de género, un número en la lista de denunciantes de acoso sexual, un número en el porcentaje de participación política, un número de expediente judicial, un número en la lista del paro.
Queremos una lucha que cuestione las bases del patriarcado, no la que nos cede amablemente un espacio en su estructura de poder
Las mujeres decimos hoy, alto y claro:
Siempre Mujeres, Siempre Trabajadoras, Siempre es
8 de Marzo
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